Estas cosas que pasan y que bien reflejás en el video tienen muchos costados para analizar. Es muy difícil tu situación al estar en el medio de ese mundillo que se armó en torno de la noche y que la mayoría de nosotros no conoce salvo a través de comentarios. Sí nos queda muy claro que las consecuencias en tu vida son ingratas y que no las merecen los vecinos y espectadores involuntarios. Hay que pensar entre todos en las soluciones.
Lo mas preocupante es que mientras se busca una solución quienes tenemos que seguir aguantando somos los vecinos. Por mi parte llevo 2 años, pero hay vecinos que sufren desde que se habilitaron 3 comercios de características nocturnas uno al lado del otro. Hay vecinos que están enfermos, hay vecinos que se van al campo o a departamentos en Pinamar o Mar del Plata, hay vecinos que no tienen esa posibilidad y que deben recurrir a los tranquilizantes. No es justo lo que sucede y con la impunidad que se lo hace.
CODIGO PENAL DE LA NACION ARGENTINA LEY 11.179 (T.O. 1984 actualizado) Capítulo IV Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos ARTICULO 248. - Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.
Estarán esperando que alguien realice la denuncia, pues creo que les voy a dar el gusto, ya que de otra forma nadie de los que puede hacer algo, hace nada.
3 comentarios:
Estas cosas que pasan y que bien reflejás en el video tienen muchos costados para analizar. Es muy difícil tu situación al estar en el medio de ese mundillo que se armó en torno de la noche y que la mayoría de nosotros no conoce salvo a través de comentarios. Sí nos queda muy claro que las consecuencias en tu vida son ingratas y que no las merecen los vecinos y espectadores involuntarios. Hay que pensar entre todos en las soluciones.
Lo mas preocupante es que mientras se busca una solución quienes tenemos que seguir aguantando somos los vecinos. Por mi parte llevo 2 años, pero hay vecinos que sufren desde que se habilitaron 3 comercios de características nocturnas uno al lado del otro. Hay vecinos que están enfermos, hay vecinos que se van al campo o a departamentos en Pinamar o Mar del Plata, hay vecinos que no tienen esa posibilidad y que deben recurrir a los tranquilizantes. No es justo lo que sucede y con la impunidad que se lo hace.
CODIGO PENAL DE LA NACION ARGENTINA
LEY 11.179 (T.O. 1984 actualizado)
Capítulo IV
Abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios públicos
ARTICULO 248. - Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.
Estarán esperando que alguien realice la denuncia, pues creo que les voy a dar el gusto, ya que de otra forma nadie de los que puede hacer algo, hace nada.
OJALÁ PUDIERA FILMAR LO QUE PASA EN MI BARRIO CON EL CLUB EL LEÓN, ES MUCHO PEOR, NOS HEMOS DESPERTADO CON DETENIDOS EN MI VEREDA, VÓMITOS Y DEMÁS...
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