Por Nidia G. Osimani
Retomando el tema abordado en "¿Malversación de fondos? la insólita trampa del presupuesto 2010" [1], donde analizaba la cuestión relativa (solo por ejemplificar una de las tantas trampas a las que nos tienen acostumbrados), la habilitación lisa y llana que deja el art. 79 del Proyecto de Presupuesto Nacional 2010 al plantear la modificación del art. 42 de la Ley 24.156, de la malversación de fondos públicos, pensaba, que si bien es una aberración (y todavía no hablé de la "contabilidad creativa practicada en este nuevo Proyecto de Presupuesto Nacional 2010" que es mas aberrante todavía), no resulta ser una de las peores en las que han incurrido los Representantes de los respectivos Poderes Ejecutivos de turno a lo largo de los tiempos en nuestro país. Nótese que digo "a lo largo del tiempo" y no digo "nuestra historia" ya que en realidad carecemos de una propia, como muy bien han advertido algunos autores en diversas disciplinas (pero este tema lo desarrollaré en un futuro).
Como cuestión al pasar, un domingo a la tardecita y quizás en pleno uso del ocio (no es mi caso ni por asomo porque esa palabra ha sido erradicada de mi diccionario por razones de fuerza mayor hace mucho tiempo), pero uno podría ponerse a leer el art. 75 - inc. 8) de la Constitución Nacional referido a las atribuciones del Congreso: "Fijar anualmente, conforme a las pautas establecidas en el tercer párrafo del inciso 2 de este artículo, el presupuesto general de Gastos y cálculo de Recursos de la administración nacional, en base al programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas y aprobar o desechar la cuenta de inversión" Ahora vamos a la Ley Nacional 24.156 de Administración Financiera del Estado y leemos en varios párrafos la expresión "cálculo de Recursos y Gastos", es decir la inducción al criterio opuesto que primó en la redacción de la norma constitucional que dice "Gastos y recursos". Con esto se presume que las Finanzas Públicas, tradicionalmente en nuestro país se llevaron en idéntica consonancia que las de una empresa privada, es decir, que el Presupuesto Nacional se elabora no conforme a la Constitución sino de acuerdo a la Ley 24.156., donde primero se proyectan los "Recursos" para luego imputar o devengar los "Gastos". Si analizamos un poco nos damos cuenta que en términos de "Presupuesto Público" esta lógica es imposible ya que mientras los gastos son "rígidos" los recursos, por diversos factores, siempre resultan "flexibles". El Estado tiene que satisfacer las necesidades sociales, mientras que la empresa privada procura obtener ganancias, lucrar. Y esto no es ni bueno ni malo, es simplemente la naturaleza de cada uno, es decir que la función natural del Estado ya está distorsionada de entrada. O sea que lo expresado anteriormente en relación al art. 42 del Proyecto (hoy ya con media sanción) del Presupuesto 2010, viene a "Re-Imputar" recursos a gastos ya devengados. Perdón pero opino que una vez mas (y van.) se ha "des-interpretado" con toda intencionalidad la norma constitucional, y esto, a la largo o a la corta, como necesariamente los números no cierran, obliga a financiar el gasto público de manera externa. Y ahí vamos de nuevo: La Famosa, interminable y nunca bien ponderada "Deuda Externa", tema que también expondré con mayor detalle en breve, contándole sobre muchos puntos que solo conocemos los que por cuestiones académicas estamos en contacto cotidianamente con profesionales de otras disciplinas eminentes en su área y de quienes le confieso nunca, pero nunca me canso de aprender.
5 comentarios:
Sres. Concejales de nuestra ciudad, atentos al tratamiento del presupuesto 2.010, a no levantar la mano en forma obediente, de acuerdo a lo enviado por el Ejecutivo, como acostumbran ...
En realidad en el caso de Madariaga vuelve a repetirse esta constante ya que el presupuesto salvo pequeños cambios es similar al del año pasado, por no decir copia, después se harán los ajustes del caso o las ampliaciones de partidas etc. Es decir es un procedimiento habitual utilizado por las diferentes burocracias y gobiernos que les permite después manipular a voluntad. Lo que sí está claro que es una constante histórica de los gobiernos de distintas tonalidades, recuerdo cuando en el gobierno de "la rata" el equino se jactaba de haber vuelto a presentar un presupuesto en tiempo y forma, eso no le alcanzó sin embargo para transformar el hecho en un ejemplo de nada, conociendo los resultados de sus desastrosas intervenciones.
Y después tenemos el tema de las facultades delegadas, con las cuales se manejan las partidas a discreción ...
Sí Miguel y en verdad en cada municipio se maneja de la misma manera.
Temas a corregir ...
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